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VENTA DE EMPRESAS CON PÉRDIDAS:
Las pérdidas fiscales generadas por una persona moral, se pueden disminuir de la utilidad fiscal de los siguientes 10 ejercicios y en consecuencia no se pagaría el ISR hasta agotarlas; por lo que resulta común la existencia de este tipo de compañías que las tienen, ya sea derivadas de su propia operación o reconstruidas con propósitos evasivos.
Es por esto que en el mercado podemos encontrar estas Compañías en venta, que a través de algún esquema legal se adquieren con el propósito de aprovechar esas pérdidas con el consecuente ahorro del 30% del impuesto sobre la renta hasta agotarlas, menos un módico pago por la adquisición de sus acciones.
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